Todo lo que debes saber sobre el Derecho de Admisión

Seguro que en algún momento de tu vida te has encontrado con algún letrero donde se reservaba el derecho de admisión a un local. O incluso has podido ser víctima de este “derecho”. Y te habrás preguntado hasta qué punto es legal esta figura que se exhibe para limitar el acceso a un establecimiento.

Vamos a poner luz en este sentido, y vamos a contar en este artículo todo lo que debes conocer sobre el derecho de admisión.

1. ¿Qué es el derecho de admisión?

Podríamos definir el derecho de admisión como la posibilidad de restringir el acceso a un local por los propietarios del mismo. Esta prohibición debe estar basada en causas objetivas y justificadas.

Estos motivos justificados podrían estar basados en el normal desarrollo de la actividad del local, o lo que estuviera celebrándose en su interior.

Motivos subjetivos o injustificados chocarían con el artículo 14 de la Constitución Española, que dice lo siguiente: “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”.

Por lo tanto, el derecho de admisión no debe ser usado en función de todos los aspectos que recoge la Constitución. Nadie puede prohibirte el acceso a un local público por tu razo, sexo o aspecto físico.

En cambio, sí estaría justificado, por ejemplo, cuando te impiden el acceso por ser menor de edad, en eventos donde por ley está prohibido. O en el caso de que se detecte un alto de grado de embriaguez o de haber consumido algún tipo de estupefaciente, ya que puede afectar al normal desarrollo de la actividad.

Si hubiera algún motivo fuera de la legalidad para reservar el derecho de admisión, debería estar respaldado por la autoridad.

2. ¿Cómo debe mostrarse el derecho de admisión?

Si hay algún tipo de limitación en cuanto al derecho de admisión, siempre los locales han de colocar un cartel visible que haga referencia a este hecho.

En el texto del cartel se deben constar los motivos por lo que se prohíbe el acceso en función del derecho de admisión. De igual manera, en el caso de que sea un evento al que haya que acceder con entradas, en las mismas se debe recoger todo lo relativo al derecho de admisión.

3. Causas para aplicar el derecho de admisión

Siendo, como hemos comentado, la Constitución y su artículo 14 un garante para la no discriminación de cualquier ciudadano español, las causas justificadas para reservar el derecho de admisión podrían ser algunas de las siguientes:

– Por motivos evidentes de ingestión alcohólica o de estupefacientes, con el consecuente problema que pueda ocasionar.
– Porque el recinto se encuentre lleno, y no puedan acceder más personas.
– Porque esa persona cometa algún tipo de delito.
– Por portar armas u objetos que pudieran ser utilizados para agredir a alguien.
– Por ser menor de edad, en eventos y/o recintos donde esté prohibido su acceso.
– Porque el evento haya comenzado en su interior y se ha definido claramente la prohibición del acceso una vez iniciado.

4. Motivos no legales para aplicar el derecho de admisión

En cambio, no se te puede negar el derecho de admisión en este tipo de situaciones, porque atentan contra nuestros derechos otorgados por la Constitución:

– Por nuestra orientación sexual, aunque haya clientes que pudieran quejarse, debido a muestras externas de esa orientación.
– Por motivos de raza nadie te puede impedir la entrada a un local.
– Por tener algún tipo de discapacidad intelectual o física.
– Por tener alguna enfermedad, a no ser que hubiera algún tipo de peligro para otros clientes.
– Por nuestra afinidad religioso o política.
– En el caso de nuestra vestimenta, las cosas están menos claras, y puede haber legislaciones de Comunidades Autónomas más restrictivas y menos.

En casos de que se nos negara el acceso por alguno de estos motivos, el propietario podría ser sancionado con multas de miles de euros e incluso pudiera ser cerrado su local durante un periodo de tiempo.

5. Qué hacer si se nos aplica el derecho de admisión

Si fuéramos víctimas de un derecho de admisión prohibitivo e injusto, aplicado por un local, podríamos tomar una serie de acciones.

– Pedir una hoja de reclamaciones e ir con una copia rellenada a la Oficina de Usuarios correspondiente de nuestra Comunidad Autónoma
– Podríamos también llamar a la policía, para que dirimiera en el momento la razón del derecho de admisión

6. ¿Dónde se puede aplicar el derecho de admisión?

Los propietarios de locales de acceso público pueden aplicar el derecho de admisión. Sean de carácter público o privado, y tengan carácter gratuito o de pago.

Podríamos incluir en este amplio grupo, todo tipo de restaurantes, museos, salas de fiestas, bares, escuelas…

7. ¿Quién regula el derecho de admisión?

La autoridad competente, en España, para regular el derecho de admisión son las Comunidades Autónomas. Todo lo que tiene que ver con el acceso a establecimientos públicos, tiene que ser administrado por cada región.

Y son los organismos competentes de cada Comunidad los que desarrollan el reglamento que defina los límites del derecho de admisión. Siempre teniendo en cuenta la Constitución española y la jurisprudencia al respecto. Normalmente está desarrollada en una ley de establecimientos públicos.

Autor: Mario Velasco

Autor: Mario Velasco

Abogado y enamorado del mundo jurídico y las leyes. Me encanta escribir e informar de lo que me apasiona.

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